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Promociones Vigentes

Bases y condiciones del Concurso 1 millon de seguidores

Este Concurso denominado “1 MILLÓN DE SEGUIDORES” (en adelante, el “Concurso”), es
organizado por Despegar.com.ar S.A. con domicilio en Av. Jujuy 2013, CABA (en adelante, el
“Organizador”). Se desarrollará en el territorio de la República Argentina y se regirá por lo establecido
en estas bases y condiciones (en adelante, las “Bases y Condiciones”).
1. Vigencia.
El Concurso se llevará a cabo desde el lunes 26 de enero de 2026 al 1 de febrero de 2026 hasta las
00:00hs, ambas fechas inclusives (conforme se definirá más adelante) (en adelante el “Plazo de Vigencia
del Concurso”).
2. Participantes.
Podrán participar del Concurso aquellas (i) personas físicas, (ii) mayores de 18 años, (iii) que residan en
la República Argentina (iv) que sean titulares de una cuenta en la red social Instagram, (v) que sigan la
cuenta oficial @despegar.ar , (vi) que dentro del Plazo de Vigencia sigan los mecanismos de participación
contenido en las Bases en la cláusula 3 (los “Participantes”).Se podrá solicitar el documento nacional de
identidad para acreditar el cumplimiento del punto (ii).
2.2 En caso de no poseer una cuenta en la red social Instagram, se informa a quienes deseen participar de
la Promoción que podrán darlas de alta gratuitamente accediendo a: www.instagram.com.
2.3 Se aclara que Instagram no tiene intervención ni responsabilidad alguna en la organización de esta
Promoción. En consecuencia, Instagram no será responsable del cumplimiento de los compromisos que
asume el Organizador en estas Bases y los Participantes que resultaren ganadores deberán reclamar la
entrega de los premios exclusivamente al Organizador.
3. Mecánica de participación:
3.1 Quienes deseen participar de la presente Promoción, siempre y cuando reúnan los requisitos previstos
en el punto 2 de estas Bases, deberán:
i. Ser seguidores del perfil de Despegar Argentina en Instagram
(https://www.instagram.com/despegar)
ii. Ingresar en la publicación de la presente Promoción que el Organizador realice a través de
Instagram el: “Concurso 1 millón de seguidores”. (en adelante el “Posteo”).
iii. Comentar el Posteo indicando [¿que destino turístico repetirías un millón de veces y por que.?].
iv. identificar y referenciar en el comentario a dos (2) personas utilizando la función de etiquetado (@)
de Instagram
3.2 En caso de no poseer una cuenta en la red social Instagram, se informa a quienes deseen participar de
la Promoción que podrán darlas de alta gratuitamente accediendo a: www.instagram.com.
3.3 Se aclara que Instagram no tienen intervención ni responsabilidad alguna en la organización de esta
Promoción. En consecuencia, Instagram no será responsable del cumplimiento de los compromisos
que asume el Organizador en estas Bases y los Participantes que resultaren ganadores deberán
reclamar la entrega de los premios exclusivamente al Organizador.

3.4 Quedarán excluidos de la Promoción aquellas personas que hagan comentarios que difamen el
nombre y marca Despegar, que sean contrarios a la moral y buenas costumbres. Despegar tendrá la
potestad de descalificar dichos comentarios.
3.5 El Organizador no aceptará reclamos por participaciones posteriores al Plazo de Vigencia.
3.6 El Organizador podrá solicitar documento nacional de identidad para acreditar la mayoría de edad.
4 Promoción sin obligación de compra:
4.1 Esta Promoción se considera una Promoción sin obligación de compra.
4.2 El Organizador no recibirá ingresos, participación, ni beneficio económico alguno por las
participaciones a través de los mecanismos de participación descriptos en las presentes Bases.
4. Mecánica del Concurso.
5.1 El día lunes 26 de enero de 2025 se subirá un Posteo a las redes sociales de Instagram de Despegar
Argentina donde cada uno de los Participantes deberá cumplir con los requisitos establecidos en la
cláusula 3 de la presente y deberá responder [qué destino turístico repetirías un millón de veces y por qué]
hasta el domingo 1 de febrero de 2025 a las 24:00hs para hacer que su comentario obtenga likes.
5.2 El lunes 2 de febrero de 2025 se elegirán los dos (2) comentarios con más likes del período de
participación establecido en el punto 5.1 (en adelante la "Preselección"). Este mismo dia desde las
00:00hs hasta las 24:00hs se subirá la Preselección en una historia a las redes sociales de Instagram de
Despegar Argentina que durará 24hs para que todas las personas puedan votar cuál es el comentario más
atractivo (los "Potenciales Ganadores").
5.4 Luego, el martes 3 de febrero de 2025 se informará mediante las redes sociales de Instagram de
Despegar Argentina qué comentario es el que fue más votado por el público y se consagrará como
Ganador (el "Ganador"). En el caso de que el Ganador no cumpla con los requisitos exigidos en los
puntos anteriores o haya empleado algún mecanismo fraudulento para conseguir la mayor cantidad de
votos, se seleccionará al Potencial Ganador con el segundo puesto hasta dar cumplimiento con los
requisitos de participación. Despegar se reserva el derecho de modificar la fecha de la Promoción, dando
en su caso, la debida comunicación y publicación por los mismos medios que dio a conocer la presente.
5. Premio.
El Ganador del Concurso será adjudicatario de un cupón de descuento por $1.000.000 (un millón de pesos
argentinos) (en adelante, el “Cupón” o el “Premio”) para compras de cualquier producto disponible a
través de la app o en el sitio web de Despegar Argentina, excluyendo los productos disponibles bajo
modalidad de pago “pago en destino” o “pago al proveedor” (el “Producto”).
El Premio podrá ser utilizado en la app o sitio web de Despegar Argentina durante el Plazo de Vigencia
de un (1) año contado a partir de la fecha de entrega del Premio al Ganador. Vencido el plazo de vigencia,
el Cupón quedará fuera de uso y el cliente no tendrá derecho a reclamo alguno respecto de la utilización
del Cupón.

El Cupón no es acumulable con otras promociones, códigos, bonos de descuento o cupones, por lo que no
se admitirá más de un Cupón por producto. No se podrán acumular cupones para la adquisición de un
mismo producto.
El Cupón sólo podrá ser utilizado en una transacción.
En el caso de que el importe del Cupón no cubra el precio final del producto a adquirir, el Ganador deberá
abonar la diferencia mediante los medios de pago disponibles para la compra de dicho producto. En el
caso de que el Cupón tenga un valor mayor al producto a adquirir, se descontará el valor completo del
Cupón en la compra, sin que proceda devolución alguna por la diferencia no utilizada a favor del
Ganador.
El Cupón no podrá ser utilizado para la adquisición de productos con modalidad de “pago en destino” o
“pago al proveedor”. El Cupón otorgado correrá la misma suerte de la reserva principal, con lo cual, nos
reservamos el derecho de anular la reserva generada con el Cupón otorgado, así como el Cupón en sí
mismo, si la reserva principal es cancelada.
Toda modificación o cancelación de una reserva “reembolsable” pagada total o parcialmente con un
Cupón “reembolsable”, contará con la devolución del Cupón de similares características respetando la
misma fecha de vigencia que el Cupón original.
El valor del Cupón entregado se descontará del precio final de la compra (impuestos incluidos).
El Premio se limita al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes o servicios. El Premio no
se podrá canjear por dinero en efectivo, ni por otro producto ni por ninguna otra prestación, ni aun cuando
no gozarán de aquellos total o parcialmente por cualquier causa. Todo gasto adicional en el que incurra el
Ganador y su acompañante (de corresponder) para acceder, hacer uso o disponer del Premio correrá por
su exclusiva cuenta. El Premio no podrá ser transferido. Una vez entregado, el Organizador queda
liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad
alguna por el uso o destino dado al Premio.
El Organizador no reemplazará el Premio que sea extraviado o robado, después de su entrega del mismo
al Ganador. El Organizador no otorga garantía de calidad, ni ninguna otra con relación al Producto y/o
servicio ofrecido como Premio. El Organizador no será responsable por los gastos en que incurrieren los
Participantes en cualquier etapa del Concurso, con excepción de lo previsto en estas Bases y Condiciones.
Se deja constancia, y los Participantes del presente Concurso aceptan que el Premio se encuentra sujeto a
las disposiciones que establezcan los distintos organismos públicos, como ser pero no limitado al
Gobierno Nacional Argentino.
6. Ganadores, Notificación y Adjudicación.
6.1. El Ganador de la Promoción será notificado por la red social Instagram de Despegar Argentina.
Todo impuesto actual o futuro que grave al Premio y todo gasto que no sea indicado en las presentes
Bases y Condiciones en que por cualquier concepto incurra a los Ganadores, serán a su exclusivo cargo.
6.2. Será considerado Ganador de la Promoción a la persona que cumpla con todos los requisitos de
participación y adjudicación del Premio exigidos en las presentes Bases.

7. Premio asignado y no reclamado.
Si por cualquier motivo cualquier Premio no pudiera adjudicarse, el Premio quedará en poder del
Organizador para volver a utilizarse conforme se establece en las presentes Bases y Condiciones.
8. Impuestos y Gastos.
El Premio no incluye tasas de embarque, se deberá pagar las tasas de embarque y otros impuestos que
correspondan al destino. Todo impuesto, tasa o contribución, nacional, provincial o municipal que deba
tributar sobre o en relación con el Premio, toda suma de dinero que deba abonarse a las autoridades
nacionales, sociedades del Estado, provincias o municipalidades con motivo de la organización del
Concurso o del ofrecimiento o entrega del Premio quedarán a cargo del respectivo Ganador. El
Organizador no será responsable por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del
Concurso, con excepción de lo previsto en estas Bases y Condiciones.
9. Probabilidades.
La probabilidad de ganar el Premio dependerá de la cantidad de Participantes, por lo que no es posible su
predeterminación matemática. No obstante, y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias
aplicables, en el supuesto que se reciban un total de un mil (1.000) Participantes la probabilidad sería de
0,001.
10. Responsabilidad- Indemnidad.
10.1. El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Ganador y/o
su acompañante (de corresponder) en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación
y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta acción, por su sola
participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes
Bases y Condiciones.
10.2. Al participar del presente Concurso, los Participantes declaran conocer la documentación
requerida para ingresar y viajar al destino. Se deja constancia que el Organizador no será responsable por
aquellas personas que no tengan la documentación necesaria vigente a la fecha del uso y/o goce o
solicitud por parte del Estado donde se utilizará del Premio.
10.3. Al recibir el Premio, el Ganador lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del
Organizador. El Ganador conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como a
sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en el
Concurso, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su
participación en el Concurso y/o de la aceptación y/o utilización del Premio.
11. Datos Personales.
11.1. Los Datos Personales obtenidos a través del Concurso serán utilizados para las siguientes
finalidades: (a) Formar un perfil del usuario e incorporarlo en programas de fidelización de clientes y; (b)
Enviarle al usuario información y material publicitario y/o Concurso relacionado con la actividad que
desarrolla el Organizador y/o sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas; (c) de acuerdo a lo
informado en la cláusula 6.1.

11.2. Los datos personales obtenidos con motivo del presente Concurso, podrán ser almacenados en
una base de datos de titularidad del Organizador, la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades
vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y Concurso por cualquier medio que
considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos
siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y
sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente
11.3. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes del Ganador y su
acompañante por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1)
año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en el presente Concurso,
los Participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro.
de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el
Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y
Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N°
11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta
autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la
difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
11.4. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en
forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al
efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los
datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la
supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o
permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando un mail a
11.5. La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de
Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan
quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de
protección de datos personales.
12. Prohibiciones
La participación de los Participantes no podrá: (i) Contener información o imágenes de terceras personas
sin su consentimiento expreso; (ii) Contener información o contenido impropio, inmoral o que pueda
considerarse difamatorio, calumnioso u ofensivo; (iii) Contener información o contenido que infrinja
derechos de autor, conexos, licencias y cualquier otro derecho de terceras personas o violen la ley de
algún modo.
El Organizador se reserva el derecho de excluir Participantes en los casos en los que no se cumpla con
alguna de las reglas descriptas en este párrafo. En caso de que el Organizador detecte y/o tenga sospechas
objetivas de que un Ganador utilizó medios fraudulentos y/o defraudatorios para efectuar el aporte, este
quedará automáticamente descalificado.
13. Impedimentos para participar en el Concurso.

No podrán participar en este Concurso aquellas personas: (i) menores de dieciocho (18) años a la fecha de
inicio del Plazo de Vigencia de la Promoción; (ii) quienes tengan su domicilio fuera de la República
Argentina; (iii) los empleados de Despegar; (iv) los de las agencias de publicidad relacionadas con este
Concurso; (v) sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad, en todos los casos con
relación laboral vigente a la fecha de inicio del Concurso.
14. Facultades del Organizador.
El Organizador podrá modificar el Plazo de Vigencia del Concurso y el Premio por otros de idénticas
características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su
caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales
necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y
Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a
compensación alguna a favor de los Participantes. El Organizador tendrá facultad de decisión respecto de
toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán
definitivas e inapelables.
15. Aceptación de las Bases y Condiciones del Concurso.
La participación en este Concurso implica total conocimiento y aceptación de estas Bases y Condiciones,
las que podrán ser modificadas, previa autorización del Organizador y la autoridad de aplicación, sin que
ello dé lugar a reclamo o indemnización alguna.
16. Trampas, fraudes y engaños.
El Organizador podrá prohibir la participación en el Concurso como así también no otorgar el Premio a
las personas que intenten hacer trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica destinada a procurar
ganar de forma ilegítima, molestar, amenazar o acosar a otros participantes, sin perjuicio de reclamarles
los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder. Está prohibido y será anulado
cualquier intento o método de participación en el Concurso, que se realice por cualquier proceso, técnica
o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases y Condiciones. La utilización de
técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la
anulación de todos los registros realizados por el participante. Queda prohibida la utilización de script,
macro, bots o cualquier otro sistema automatizado, software, sistemas especiales y otros dispositivos no
autorizados para participar del Concurso. En caso de que el Organizador determine que algunos de los
Participantes registrados han violado alguna de las reglas fijadas en las presentes Bases, procederá a su
inmediata exclusión. El Organizador podrá descalificar a cualquier Participante que defraude, altere,
utilice maliciosa o abusivamente o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y
reglamentario del Concurso, sin necesidad de previo aviso. En caso de detectar un uso fraudulento en el
Concurso el Organizador podrá modificar estas Bases en lo que fuera pertinente.
17. Conformidad con la ley, la moral y buenas costumbres.
Los Participantes se comprometen, en general, a participar en el Concurso de conformidad con la ley, la
moral y buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público.
18. Disponibilidad de las Bases y Condiciones.
Estas Bases podrán ser consultadas durante el Plazo de Vigencia del Concurso en
https://www.despegar.com.ar/promosvigentes
19. Concurso sin obligación de compra

El presente Concurso es sin obligación de compra, ya que podrán participar libremente y en igualdad de
condiciones todas las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases y
Condiciones.
20. Competencia- Jurisdicción.
Toda relación que en virtud del Concurso se genere entre el usuario y el Organizador será regida y
concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el usuario a cualquier otra
ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier
controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el usuario, los Tribunales
Comerciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo,
con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.

BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO “VIAJA A MIAMI Y ALENTA A TU EQUIPO”

Este Concurso denominado “VIAJÁ A MIAMI Y ALENTA A TU EQUIPO CON DESPEGAR Y CLUB AVOLTA” (en adelante, el “Concurso”), es organizado por Despegar.com.ar S.A. con domicilio en Av. Jujuy 2013, CABA y por Interbaires SA, con domicilio en Avda. Córdoba 435, piso 4 A, CABA (en adelante, en conjunto, el “Organizador”). Se desarrollará en el territorio de la República Argentina, en las tiendas de “Duty Free Shop Argentina” ubicadas en el Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini (Ezeiza) y en el Aeroparque Internacional Jorge Newbery (en adelante las “Tiendas”) y se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (en adelante, las “Bases y Condiciones”).

  1. Vigencia.

El Concurso se llevará a cabo del 1 de febrero de 2026 al 31 de marzo de 2026 (en adelante el “Plazo de Vigencia del Concurso”), ambas fechas inclusive.

  1. Participantes.            

Podrán participar del Concurso aquellas (i) personas físicas, (ii) mayores de 18 años, (iii) que residan en la República Argentina con excepción de las provincias de Mendoza, Tierra del Fuego, Salta, Río Negro, Neuquén y Chaco, (iv) que tengan descargada la aplicación de Despegar Argentina; (v) que tengan una cuenta Pasaporte en Despegar Argentina, (vi) que sean miembro de la aplicación Club Avolta, (vii) que realicen una compra en las Tiendas de alguno de los productos de las marcas participantes: CAROLINA HERRERA, PACO RABANNE, JEAN PAUL GAULTIER, ANTONIO BANDERAS, SHAKIRA, BENEFIT, GIVENCHY, GUERLAIN, KENZO, HERMES, DOLCE&GABBANA, CALVIN KLEIN, HUGO BOSS, DAVID BECKHAM, CHIVAS / ROYAL SALUTE, DAVIDOFF, MARC JACOBS, JOOP, NAUTICA, KYLIE, LANCASTER, BURBERRY, CHLOE, TIFFANY, LANCOME, ARMANI, RALPH LAUREN, YSL, PRADA, VALENTINO, MUGLER, AZZARO, V&R, CACHAREL, DIESEL, LRP, VICHY, BIOTHERM, KIEHL’S, L’OREAL, KERASTASE, CLINIQUE, ESTEE LAUNDER, TOM FORD, LA MER, JO MALONE, MAC, HALLOWEEN, TOUS, o que entreguen un dibujo de un avión con los colores rojo y violeta (conforme punto 18 de las presentes Bases); y (viii) que escaneen el QR que se les mostrará en el stand y cartelería ubicadas en las Tiendas, el cual los redireccionará a un portal digital administrado por Despegar.com.ar S.A. en el cual podrán registrar su participación (en adelante los “Participantes”). Solo podrán participar 1 sola vez por persona. Se podrá solicitar el documento nacional de identidad y el ticket de compra, para acreditar el cumplimiento de los puntos (ii) y (vii). 

  1. Requisitos de participación.

Para participar del Concurso será requisito que los Participantes cumplan con los requisitos detallados en el punto dos (2) “Participantes” de estas Bases y Condiciones. Se podrá solicitar DNI y ticket de compra para su verificación.

  1. Mecánica del Concurso.                  

Los Participantes deberán cumplir con los requisitos enumerados en el punto dos (2) “Participantes”.  El día 31/03/2026 a las 23.59hs. el Organizador dará por finalizado el Concurso. El sorteo se realizará el 06/04/2026 de 2025 a las 12 hs. en la sucursal de Despegar ubicada en Dot Baires Shopping (Vedia 3600, C1430 Cdad. Autónoma de Buenos Aires), en presencia de un escribano público a elección del Organizador. Se elegirá de manera aleatoria a 1 Ganador Titular y 3 Ganadores Suplentes. El mecanismo a través del cual se realizará la elección del Ganador será a través de la plataforma del sitio web https://app-sorteos.com/. El día del sorteo, personal del equipo de marketing de Despegar se comunicará con el primer Potencial Ganador a través de sus datos de contacto que haya indicado al momento de scanear el QR, para solicitarle que responda una pregunta de cultura general. En caso de que responda correctamente la pregunta, se considerará como Ganador y se solicitaran sus datos personales mediante mail para coordinar la adjudicación del premio. En caso de que el primer Potencial Ganador no responda correctamente la pregunta y/o no de respuesta dentro del plazo indicado en el punto 6, se procederá a considerar Ganador al Participante que fue seleccionado como primer Suplente; en caso de ser necesario, este proceso se repetirá con los siguientes “Ganadores Suplentes” (en el orden en que hayan sido seleccionados).

  1. Premio.

  1. El Ganador del Sorteo será adjudicatario de 483.314 puntos PasaporteDespegar (en adelante el “Premio”), para ser utilizados en cualquier producto que se encuentra en el sitio web y la aplicación móvil de Despegar Argentina. Los puntos otorgados serán equivalentes, a modo de ejemplo, a: (i) 2 (dos) tickets aéreos en la ruta Buenos Aires- Miami, (ii) una estadía para 2 (dos) personas para 5 (cinco) noches de alojamiento en una habitación de hotel base doble y (iii) asistencia de viaje para 2 (dos) personas por 5 (cinco) días.

  2. El Premio consiste en la acreditación de puntos en la cuenta Puntos Pasaporte Despegar del Ganador dentro del programa de fidelidad de Despegar, los cuales podrán ser utilizados para la adquisición de productos o servicios disponibles en el sitio Despegar. Los puntos deberán ser utilizados dentro del plazo de 18 meses desde su acreditación, conforme a las condiciones y vencimientos del programa.

  3. El Premio se limita al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes o servicios. El Premio no se podrá canjear por dinero en efectivo, ni por otro producto ni por ninguna otra prestación, ni aun cuando no gozarán de aquellos total o parcialmente por cualquier causa.  Todo gasto adicional en el que incurra el Ganador y su acompañante para acceder, hacer uso o disponer del Premio correrá por su exclusiva cuenta, por lo que queda excluido los gastos de movilidad y traslado para el uso del Premio. El Premio es para uso personal del Ganador y su acompañante y no podrá ser transferido. Una vez entregado, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado al Premio. 

  4. El Organizador no reemplazará el Premio que sea extraviado o robado, después de su entrega del mismo al Ganador. El Organizador no otorga garantía de calidad, ni ninguna otra con relación al producto y/o servicio ofrecido como Premio. El Organizador no será responsable por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del Sorteo, con excepción de lo previsto en estas Bases y Condiciones.

  5. Se deja constancia, y los Participantes del presente Concurso aceptan que el Premio se encuentra sujeto a las disposiciones que establezcan los distintos organismos públicos, como ser pero no limitado al Gobierno Nacional Argentino.

  1. Ganadores- Notificación- Aceptación del Premio y Adjudicación.

  1. El Ganador será notificado de la adjudicación del Premio el día 06/04/2026 vía mail solicitando una respuesta dentro de las 24 horas donde deberá brindar, asimismo, su nombre, apellido, DNI, fecha de nacimiento, domicilio real, correo electrónico y teléfono de contacto del Ganador y el acompañante con el que compartirá el Premio que se indica en el punto 5 (cinco). En caso de que el Ganador no responda dentro del plazo indicado, se procederá a considerar Ganador al Participante que salió en segundo puesto (o siguientes, si fuera necesario, en el orden en que resultaron seleccionados). A los efectos de considerar Ganador a un Participante, el mismo deberá cumplir con los requisitos de participación de las presentes Bases y Condiciones. 

  2. Todo impuesto actual o futuro que grave al Premio y todo gasto que no sea indicado en las presentes Bases y Condiciones en que por cualquier concepto incurra el Ganador y su acompañante, serán a su exclusivo cargo.

  1. Premio asignado y no reclamado.

Si por cualquier motivo cualquier Premio no pudiera adjudicarse, el Premio quedará en poder del Organizador para volver a sortear conforme se establece en las presentes Bases y Condiciones.

  1. Impuestos y Gastos.

El Premio no incluye tasas de embarque, se deberá pagar las tasas de embarque y otros impuestos que correspondan al destino. Todo impuesto, tasa o contribución, nacional, provincial o municipal que deba tributar sobre o en relación con el Premio, toda suma de dinero que deba abonarse a las autoridades nacionales, sociedades del Estado, provincias o municipalidades con motivo de la organización del Concurso o del ofrecimiento o entrega del Premio quedarán a cargo del respectivo Ganador. El Organizador no será responsable por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del Concurso, con excepción de lo previsto en estas Bases y Condiciones.

  1. Probabilidades.

La probabilidad de ganar el Premio dependerá de la cantidad de Participantes, por lo que no es posible su predeterminación matemática. No obstante, y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias aplicables, en el supuesto que se reciban un total de un mil (1.000) Formularios la probabilidad sería de 0,001.

  1. Responsabilidad- Indemnidad.

  1. El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Ganador y/o su acompañante en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta Acción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes Bases y Condiciones.

  2. Al participar del presente Concurso, los Participantes declaran conocer la documentación requerida para ingresar y viajar al destino.  Se deja constancia que el Organizador no será responsable por aquellas personas que no tengan la documentación necesaria vigente a la fecha del uso y/o goce o solicitud por parte del Estado donde se utilizará del Premio.

  3. Al recibir el Premio, el Ganador lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del Organizador. El Ganador conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en el Concurso, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en el Concurso y/o de la aceptación y/o utilización del Premio.



  1. Datos Personales.

  1. Los Datos Personales obtenidos a través del Concurso serán utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del usuario e incorporarlo en programas de fidelización de clientes y; (b) Enviarle al usuario información y material publicitario y/o Concurso relacionado con la actividad que desarrolla el Organizador y/o sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas. 

  2. Los datos personales obtenidos con motivo del presente Concurso, podrán ser almacenados en una base de datos de titularidad de Despegar.com.ar S.A., la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y Concurso por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente

  3. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes del Ganador y su acompañante por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en el presente Concurso, los Participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

  4. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando un mail a [email protected]

  5. La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.

  1. Prohibiciones

La participación de los Participantes no podrá: (i) Contener información o imágenes de terceras personas sin su consentimiento expreso; (ii) Contener información o contenido impropio, inmoral o que pueda considerarse difamatorio, calumnioso u ofensivo; (iii) Contener información o contenido que infrinja derechos de autor, conexos, licencias y cualquier otro derecho de terceras personas o violen la ley de algún modo.

El Organizador se reserva el derecho de excluir Participantes en los casos en los que no se cumpla con alguna de las reglas descriptas en este párrafo. En caso de que el Organizador detecte y/o tenga sospechas objetivas de que un Ganador utilizó medios fraudulentos y/o defraudatorios para efectuar el aporte, este quedará automáticamente descalificado.

  1. Facultades del Organizador.

El Organizador podrá modificar el Plazo de Vigencia del Concurso y el Premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Participantes. El Organizador tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables. 

  1. Aceptación de las Bases y Condiciones del Concurso.

La participación en este Concurso implica total conocimiento y aceptación de estas Bases y Condiciones, las que podrán ser modificadas, previa autorización del Organizador y la autoridad de aplicación, sin que ello dé lugar a reclamo o indemnización alguna.

  1. Trampas, fraudes y engaños.

El Organizador podrá prohibir la participación en el Concurso como así también no otorgar el Premio a las personas que intenten hacer trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica destinada a procurar ganar de forma ilegítima, molestar, amenazar o acosar a otros participantes, sin perjuicio de reclamarles los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el Concurso, que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases y Condiciones. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el participante. Queda prohibida la utilización de script, macro, bots o cualquier otro sistema automatizado, software, sistemas especiales y otros dispositivos no autorizados para participar del Concurso. En caso de que el Organizador determine que algunos de los Participantes registrados han violado alguna de las reglas fijadas en las presentes Bases, procederá a su inmediata exclusión. El Organizador podrá descalificar a cualquier Participante que defraude, altere, utilice maliciosa o abusivamente o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del Concurso, sin necesidad de previo aviso. En caso de detectar un uso fraudulento en el Concurso el Organizador podrá modificar estas Bases en lo que fuera pertinente.

  1. Conformidad con la ley, la moral y buenas costumbres.

Los Participantes se comprometen, en general, a participar en el Concurso de conformidad con la ley, la moral y buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público.

  1. Disponibilidad de las Bases y Condiciones.

Estas Bases podrán ser consultadas durante el Plazo de Vigencia del Concurso en https://www.despegar.com.ar/promosvigentes

  1. Concurso sin obligación de compra

El presente Concurso es sin obligación de compra, ya que podrán participar libremente y en igualdad de condiciones todas las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases y Condiciones. Quienes deseen participar sin efectuar compra deberán entregar, dentro del Plazo de Vigencia, un dibujo de un avión con los colores rojo y violeta. Para ello deberán dirigirse a las oficinas de Interbaires SA, de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 hs, ubicadas en: (1) Ezeiza: Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini: Edificio Corporativo, 4to Piso; (2) CABA: Aeroparque Jorge Newbery, Av. Costanera Rafael Obligado s/n, CABA; donde se les entregará un código QR que podrán escanear para participar.

  1. Competencia- Jurisdicción.

Toda relación que en virtud del Concurso se genere entre el usuario y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el usuario a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el usuario, los Tribunales Comerciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle. 


BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO BLACKFRIDAY EN OLGA

BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO “ BLACK FRIDAY 2025- MEN IN BLACK ” Este concurso denominado “ completar ” (en adelante, el “Concurso”), es organizada por BSL S.A., CUIT 30-71750960-5 (en adelante, el “Organizador”) y auspiciada por Despegar.com.ar S.A. (en adelante, el “Auspiciante”) y se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (en adelante, las “Bases y Condiciones”). 1. Vigencia. El Concurso se llevará a cabo el 28 de noviembre de 2025 (en adelante el “Plazo de Vigencia del Concurso”) de forma presencial en Humboldt 1509, Palermo, CABA (en adelante el “Estudio”). 2. Participantes. Podrán participar de la Promoción aquellas (i) personas físicas, (ii) mayores de 18 años, (iii) que residan en la República Argentina con excepción de las provincias de Mendoza, Tierra del Fuego, Salta, Río Negro y Neuquén (iv) personas que se encuentren en la tribuna del programa “Soñe que volaba” el día 28 de noviembre de 2025 y 3 (tres) invitados de la tribuna sean seleccionadas por los conductores para participar del Concurso (en adelante los “Participantes”). Se podrá solicitar documento nacional de identidad para acreditar la mayoría de edad. No podrán participar del presente Concurso (i) los empleados del Organizador ni del Auspiciante; (ii) proveedores del Organizador y/o del Auspiciante con los que tercerizan servicios; (iii) ni aquellos que no cumplan con los requisitos mencionados anteriormente. 3. Requisitos de participación. Para participar del Concurso será requisito que los Participantes cumplan con los requisitos detallados en el punto dos (2) de las presentes Bases y Condiciones y que realicen los siguientes pasos: (i) concurrir a la tribuna del programa “Soñe que volaba” (los “Invitados”); (ii) los conductores elegirán a 3 Invitados para participar (los “Participantes”); (iii) Deberán tener la aplicación de Despegar descargada en su teléfono móvil; y (iv) participara del Juego de memoria en croma Despegar, donde el conductor del programa le leerá a cada uno de los participantes una lista con 10 objetos que se pueden encontrar en un avión o relacionadas al mundo aeropuerto. Ejemplo: Azafata, Carry On, Pasaje, Cabina, VIP, Visa, Migraciones, Candado, Piloto, Turbina. El participante deberá repetir en ese mismo orden las 10 palabras. Esto se repetirá con cada participante y un listado diferente, los dos participantes que más palabras recuerden pasarán a la final. Para la Final entre los 2 participantes deberan de responder: ¿A qué ciudad responden las siglas del aeropuerto?. Cada finalista deberá adivinar las ciudades de despegue y aterrizaje cuando se le pregunte lo siguiente: "Salis de 'AEP, Argentina' y aterrizás en 'LAX, Los Angeles'. ¿De qué ciudad a qué ciudad estás viajando?". Esta mecánica se repetirá con distintos códigos de aeropuerto + países y el finalista que adivine el mejor de 5 será el ganador del viaje a Miami. (en adelante el “Ganador”). Entiéndase que en caso de haber empate en la cantidad de respuestas correctas, se continuarán haciendo preguntas hasta que uno de los Participantes se considere Ganador. 4. Mecánica del Sorteo. El día 28 de noviembre de 2025 en el Estudio se realizará el Concurso entre todos los Participantes que cumplan con los requisitos de participación de las presentes Bases y Condiciones. El Concurso se realizará en el Estudio, del cual saldrá un (1) Ganador que cumpla con los requisitos indicados en el punto 2 y 3 de las presentes Bases y Condiciones. El Organizador se reserva el derecho de modificar la fecha del Concurso, dando en su caso, la debida comunicación y publicación por los mismos medios que dio a conocer la presente Acción. 5. Premio. 5.1. 5.1. El Ganador del Sorteo será adjudicatario Entrega de 2 (dos) pasajes para cualquier ruta SKY en tarifa MAX válido para volar hasta el 30 de mayo de 2026 (viaje completado), exceptuando fines de semana largo y feriados, y sujeto a disponibilidad al momento del requerimiento; ( en adelante el “Premio”) Para hacer uso del pasaje y confirmar disponibilidad, el ganador deberá comunicar a SKY su intención de canjear su pasaje con, al menos, 30 días corridos de anticipación a la fecha en la que desea viajar; El pasajero no tendrá posibilidad de cambio de nombre y fecha una vez solicitado el canje. Los pasajes NO incluyen: alojamiento, viáticos, seguros, tarifas por exceso de equipaje, traslados, tasas aeroportuarias ni otros impuestos y cargos no especificados en estas Bases. Todo cargo, gasto o costo adicional en que incurra el ganador con motivo de su viaje, será de su exclusiva responsabilidad y cuenta. 5.2. El Premio se limita al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes o servicios. El Premio no se podrá canjear por dinero en efectivo, ni por otro producto ni por ninguna otra prestación, ni aun cuando no gozarán de aquellos total o parcialmente por cualquier causa. Todo gasto adicional en el que incurran los Ganadores para acceder, hacer uso o disponer del Premio correrá por su exclusiva cuenta, por lo que queda excluido los gastos de movilidad y traslado para el uso del Premio. El Premio es para uso personal del Ganador y no podrá ser transferido. Una vez entregado, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado al Premio. 5.3. El Organizador ni los Auspiciantes reemplazarán el Premio que sea extraviado o robado, después de su entrega del mismo al Ganador. El Organizador ni los Auspiciantes otorgan garantía de calidad, ni ninguna otra con relación al producto y/o servicio ofrecido como Premio. El Organizador ni los Auspiciantes serán responsables por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del Sorteo, con excepción de lo previsto en estas Bases. 5.4. Se deja constancia, y los Participantes del presente Concurso aceptan, que el Premio se encuentra sujeto a las disposiciones que establezcan los distintos organismos públicos, como ser pero no limitado al Gobierno Nacional Argentino, con respecto a las medidas sanitarias, protocolos, medidas de seguridad, entre otros, con ocasión del contexto sanitario generado por el COVID-19 o cualquier derivación de éste. 6. Ganadores- Notificación- Aceptación del Premio y Adjudicación. 6.1. El Ganador del Concurso será notificado en el momento en que se llevará a cabo el Concurso. A los efectos de considerar Ganador a un Participante, el mismo deberá escribir, en un tiempo determinado, la mayor cantidad de cosas y elementos que podrían encontrarse en un avión o en un aeropuerto y cumplir con los requisitos de participación de las presentes Bases y Condiciones. Todo impuesto actual o futuro que grave al Premio y todo gasto que no sea indicado en las presentes Bases y Condiciones en que por cualquier concepto incurra a los Ganadores, serán a su exclusivo cargo. 7. Premio asignado y no reclamado. Si por cualquier motivo cualquier Premio no pudiera entregarse, el Premio quedará en poder del Organizador para volver a sortear. 8. Impuestos y Gastos. Todo impuesto, tasa o contribución, nacional, provincial o municipal que deba tributarse sobre o en relación con el Premio, toda suma de dinero que deba abonarse a las autoridades nacionales, sociedades del Estado, provincias o municipalidades con motivo de la organización del Concurso o del ofrecimiento o entrega del Premio quedarán a cargo del respectivo Ganador. El Organizador y los Auspiciantes no serán responsables por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del Concurso, con excepción de lo previsto en estas Bases y Condiciones. 9. Probabilidades. La probabilidad de ganar el Premio dependerá de la cantidad de Participantes, por lo que no es posible su predeterminación matemática. No obstante, y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias aplicables, en el supuesto que se reciban un total de un mil (1.000) Formularios la probabilidad sería de 0,001. 10. Responsabilidad- Indemnidad. 10.1. El Organizador y el Auspiciante no serán responsables por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Ganador en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta Acción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes Bases y Condiciones. 10.2. Al participar de la presente Acción los Participantes declaran conocer que es requisito indispensable e ineludible para viajar al destino la presentación de D.N.I. Se deja constancia que el Organizador y los Auspiciantes no serán responsables por aquellas personas que no tengan el pasaporte y/o D.N.I vigente a la fecha del uso y/o goce del Premio. 10.3. Al recibir el Premio, el Ganador lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del Organizador. El Ganador conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en el Concurso, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en el Concurso y/o de la aceptación y/o utilización del Premio. 11. Datos Personales. 11.1. Los Datos Personales obtenidos a través del Concurso serán utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del usuario e incorporarlo en programas de fidelización de clientes y; (b) Enviarle al usuario información y material publicitario y/o promocional relacionado con la actividad que desarrolla el Organizador y/o sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas. 11.2. Los datos personales obtenidos con motivo del presente Concurso, podrán ser almacenados en una base de datos de titularidad de el Proveedor, la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente 11.3. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Ganadores por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en el presente Concurso, los Invitados prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente. 11.4. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando un mail a [email protected]. 11.5. La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales. 12. Facultades del Organizador. El Organizador podrá de conformidad con el Auspiciante, modificar el Plazo de Vigencia del Concurso y el Premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá de conformidad con el Auspiciante suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Invitados. El Organizador con el Auspiciantes tendrán facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables. 13. Aceptación de las Bases y Condiciones del Concurso. La participación en este Concurso implica total conocimiento y aceptación de estas Bases y Condiciones, las que podrán ser modificadas, previa autorización del Organizador, el Auspiciante yl a autoridad de aplicación, sin que ello dé lugar a reclamo o indemnización alguna. 14. Trampas, fraudes y engaños. El Organizador podrá prohibir la participación en el Concurso como así también no otorgar el Premio a las personas que intenten hacer trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica destinada a procurar ganar de forma ilegítima, molestar, amenazar o acosar a otros participantes, sin perjuicio de reclamarles los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el Concurso, que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases y Condiciones. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el participante. Queda prohibida la utilización de script, macro, bots o cualquier otro sistema automatizado, software, sistemas especiales y otros dispositivos no autorizados para participar del Concurso. En caso de que el Organizador determine que algunos de los Participantes registrados han violado alguna de las reglas fijadas en las presentes Bases, procederá a su inmediata exclusión. El Organizador podrá descalificar a cualquier Participante que defraude, altere, utilice maliciosa o abusivamente o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del Concurso, sin necesidad de previo aviso. En caso de detectar un uso fraudulento en el Concurso el Organizador podrá modificar estas Bases en lo que fuera pertinente. 15. Conformidad con la ley, la moral y buenas costumbres. Los Participantes se comprometen, en general, a participar en el Concurso de conformidad con la ley, la moral y buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público. 16. Disponibilidad de las Bases y Condiciones. Estas Bases podrán ser consultadas durante el Plazo de Vigencia del Concurso en https://www.despegar.com.ar/promosvigentes. 17. Competencia- Jurisdicción. Toda relación que en virtud del Concurso se genere entre el usuario y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el usuario a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el usuario, los Tribunales Comerciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.