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BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO BLACKFRIDAY EN OLGA

BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO “ BLACK FRIDAY 2025- MEN IN BLACK ” Este concurso denominado “ completar ” (en adelante, el “Concurso”), es organizada por BSL S.A., CUIT 30-71750960-5 (en adelante, el “Organizador”) y auspiciada por Despegar.com.ar S.A. (en adelante, el “Auspiciante”) y se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (en adelante, las “Bases y Condiciones”). 1. Vigencia. El Concurso se llevará a cabo el 28 de noviembre de 2025 (en adelante el “Plazo de Vigencia del Concurso”) de forma presencial en Humboldt 1509, Palermo, CABA (en adelante el “Estudio”). 2. Participantes. Podrán participar de la Promoción aquellas (i) personas físicas, (ii) mayores de 18 años, (iii) que residan en la República Argentina con excepción de las provincias de Mendoza, Tierra del Fuego, Salta, Río Negro y Neuquén (iv) personas que se encuentren en la tribuna del programa “Soñe que volaba” el día 28 de noviembre de 2025 y 3 (tres) invitados de la tribuna sean seleccionadas por los conductores para participar del Concurso (en adelante los “Participantes”). Se podrá solicitar documento nacional de identidad para acreditar la mayoría de edad. No podrán participar del presente Concurso (i) los empleados del Organizador ni del Auspiciante; (ii) proveedores del Organizador y/o del Auspiciante con los que tercerizan servicios; (iii) ni aquellos que no cumplan con los requisitos mencionados anteriormente. 3. Requisitos de participación. Para participar del Concurso será requisito que los Participantes cumplan con los requisitos detallados en el punto dos (2) de las presentes Bases y Condiciones y que realicen los siguientes pasos: (i) concurrir a la tribuna del programa “Soñe que volaba” (los “Invitados”); (ii) los conductores elegirán a 3 Invitados para participar (los “Participantes”); (iii) Deberán tener la aplicación de Despegar descargada en su teléfono móvil; y (iv) participara del Juego de memoria en croma Despegar, donde el conductor del programa le leerá a cada uno de los participantes una lista con 10 objetos que se pueden encontrar en un avión o relacionadas al mundo aeropuerto. Ejemplo: Azafata, Carry On, Pasaje, Cabina, VIP, Visa, Migraciones, Candado, Piloto, Turbina. El participante deberá repetir en ese mismo orden las 10 palabras. Esto se repetirá con cada participante y un listado diferente, los dos participantes que más palabras recuerden pasarán a la final. Para la Final entre los 2 participantes deberan de responder: ¿A qué ciudad responden las siglas del aeropuerto?. Cada finalista deberá adivinar las ciudades de despegue y aterrizaje cuando se le pregunte lo siguiente: "Salis de 'AEP, Argentina' y aterrizás en 'LAX, Los Angeles'. ¿De qué ciudad a qué ciudad estás viajando?". Esta mecánica se repetirá con distintos códigos de aeropuerto + países y el finalista que adivine el mejor de 5 será el ganador del viaje a Miami. (en adelante el “Ganador”). Entiéndase que en caso de haber empate en la cantidad de respuestas correctas, se continuarán haciendo preguntas hasta que uno de los Participantes se considere Ganador. 4. Mecánica del Sorteo. El día 28 de noviembre de 2025 en el Estudio se realizará el Concurso entre todos los Participantes que cumplan con los requisitos de participación de las presentes Bases y Condiciones. El Concurso se realizará en el Estudio, del cual saldrá un (1) Ganador que cumpla con los requisitos indicados en el punto 2 y 3 de las presentes Bases y Condiciones. El Organizador se reserva el derecho de modificar la fecha del Concurso, dando en su caso, la debida comunicación y publicación por los mismos medios que dio a conocer la presente Acción. 5. Premio. 5.1. 5.1. El Ganador del Sorteo será adjudicatario Entrega de 2 (dos) pasajes para cualquier ruta SKY en tarifa MAX válido para volar hasta el 30 de mayo de 2026 (viaje completado), exceptuando fines de semana largo y feriados, y sujeto a disponibilidad al momento del requerimiento; ( en adelante el “Premio”) Para hacer uso del pasaje y confirmar disponibilidad, el ganador deberá comunicar a SKY su intención de canjear su pasaje con, al menos, 30 días corridos de anticipación a la fecha en la que desea viajar; El pasajero no tendrá posibilidad de cambio de nombre y fecha una vez solicitado el canje. Los pasajes NO incluyen: alojamiento, viáticos, seguros, tarifas por exceso de equipaje, traslados, tasas aeroportuarias ni otros impuestos y cargos no especificados en estas Bases. Todo cargo, gasto o costo adicional en que incurra el ganador con motivo de su viaje, será de su exclusiva responsabilidad y cuenta. 5.2. El Premio se limita al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes o servicios. El Premio no se podrá canjear por dinero en efectivo, ni por otro producto ni por ninguna otra prestación, ni aun cuando no gozarán de aquellos total o parcialmente por cualquier causa. Todo gasto adicional en el que incurran los Ganadores para acceder, hacer uso o disponer del Premio correrá por su exclusiva cuenta, por lo que queda excluido los gastos de movilidad y traslado para el uso del Premio. El Premio es para uso personal del Ganador y no podrá ser transferido. Una vez entregado, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado al Premio. 5.3. El Organizador ni los Auspiciantes reemplazarán el Premio que sea extraviado o robado, después de su entrega del mismo al Ganador. El Organizador ni los Auspiciantes otorgan garantía de calidad, ni ninguna otra con relación al producto y/o servicio ofrecido como Premio. El Organizador ni los Auspiciantes serán responsables por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del Sorteo, con excepción de lo previsto en estas Bases. 5.4. Se deja constancia, y los Participantes del presente Concurso aceptan, que el Premio se encuentra sujeto a las disposiciones que establezcan los distintos organismos públicos, como ser pero no limitado al Gobierno Nacional Argentino, con respecto a las medidas sanitarias, protocolos, medidas de seguridad, entre otros, con ocasión del contexto sanitario generado por el COVID-19 o cualquier derivación de éste. 6. Ganadores- Notificación- Aceptación del Premio y Adjudicación. 6.1. El Ganador del Concurso será notificado en el momento en que se llevará a cabo el Concurso. A los efectos de considerar Ganador a un Participante, el mismo deberá escribir, en un tiempo determinado, la mayor cantidad de cosas y elementos que podrían encontrarse en un avión o en un aeropuerto y cumplir con los requisitos de participación de las presentes Bases y Condiciones. Todo impuesto actual o futuro que grave al Premio y todo gasto que no sea indicado en las presentes Bases y Condiciones en que por cualquier concepto incurra a los Ganadores, serán a su exclusivo cargo. 7. Premio asignado y no reclamado. Si por cualquier motivo cualquier Premio no pudiera entregarse, el Premio quedará en poder del Organizador para volver a sortear. 8. Impuestos y Gastos. Todo impuesto, tasa o contribución, nacional, provincial o municipal que deba tributarse sobre o en relación con el Premio, toda suma de dinero que deba abonarse a las autoridades nacionales, sociedades del Estado, provincias o municipalidades con motivo de la organización del Concurso o del ofrecimiento o entrega del Premio quedarán a cargo del respectivo Ganador. El Organizador y los Auspiciantes no serán responsables por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del Concurso, con excepción de lo previsto en estas Bases y Condiciones. 9. Probabilidades. La probabilidad de ganar el Premio dependerá de la cantidad de Participantes, por lo que no es posible su predeterminación matemática. No obstante, y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias aplicables, en el supuesto que se reciban un total de un mil (1.000) Formularios la probabilidad sería de 0,001. 10. Responsabilidad- Indemnidad. 10.1. El Organizador y el Auspiciante no serán responsables por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Ganador en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta Acción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes Bases y Condiciones. 10.2. Al participar de la presente Acción los Participantes declaran conocer que es requisito indispensable e ineludible para viajar al destino la presentación de D.N.I. Se deja constancia que el Organizador y los Auspiciantes no serán responsables por aquellas personas que no tengan el pasaporte y/o D.N.I vigente a la fecha del uso y/o goce del Premio. 10.3. Al recibir el Premio, el Ganador lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del Organizador. El Ganador conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en el Concurso, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en el Concurso y/o de la aceptación y/o utilización del Premio. 11. Datos Personales. 11.1. Los Datos Personales obtenidos a través del Concurso serán utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del usuario e incorporarlo en programas de fidelización de clientes y; (b) Enviarle al usuario información y material publicitario y/o promocional relacionado con la actividad que desarrolla el Organizador y/o sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas. 11.2. Los datos personales obtenidos con motivo del presente Concurso, podrán ser almacenados en una base de datos de titularidad de el Proveedor, la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente 11.3. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Ganadores por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en el presente Concurso, los Invitados prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente. 11.4. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando un mail a [email protected]. 11.5. La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales. 12. Facultades del Organizador. El Organizador podrá de conformidad con el Auspiciante, modificar el Plazo de Vigencia del Concurso y el Premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá de conformidad con el Auspiciante suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Invitados. El Organizador con el Auspiciantes tendrán facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables. 13. Aceptación de las Bases y Condiciones del Concurso. La participación en este Concurso implica total conocimiento y aceptación de estas Bases y Condiciones, las que podrán ser modificadas, previa autorización del Organizador, el Auspiciante yl a autoridad de aplicación, sin que ello dé lugar a reclamo o indemnización alguna. 14. Trampas, fraudes y engaños. El Organizador podrá prohibir la participación en el Concurso como así también no otorgar el Premio a las personas que intenten hacer trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica destinada a procurar ganar de forma ilegítima, molestar, amenazar o acosar a otros participantes, sin perjuicio de reclamarles los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el Concurso, que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases y Condiciones. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el participante. Queda prohibida la utilización de script, macro, bots o cualquier otro sistema automatizado, software, sistemas especiales y otros dispositivos no autorizados para participar del Concurso. En caso de que el Organizador determine que algunos de los Participantes registrados han violado alguna de las reglas fijadas en las presentes Bases, procederá a su inmediata exclusión. El Organizador podrá descalificar a cualquier Participante que defraude, altere, utilice maliciosa o abusivamente o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del Concurso, sin necesidad de previo aviso. En caso de detectar un uso fraudulento en el Concurso el Organizador podrá modificar estas Bases en lo que fuera pertinente. 15. Conformidad con la ley, la moral y buenas costumbres. Los Participantes se comprometen, en general, a participar en el Concurso de conformidad con la ley, la moral y buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público. 16. Disponibilidad de las Bases y Condiciones. Estas Bases podrán ser consultadas durante el Plazo de Vigencia del Concurso en https://www.despegar.com.ar/promosvigentes. 17. Competencia- Jurisdicción. Toda relación que en virtud del Concurso se genere entre el usuario y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el usuario a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el usuario, los Tribunales Comerciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.

BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO BLACKFRIDAY EN LUZU

BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO “ Black Friday 2025 ” Este concurso denominado “ completar ” (en adelante, el “Concurso”), es organizada por LUZU TV, CUIT 30-71750960-5 (en adelante, el “Organizador”) y auspiciada por Despegar.com.ar S.A. (en adelante, el “Auspiciante”) y se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (en adelante, las “Bases y Condiciones”). 1. Vigencia. El Concurso se llevará a cabo el 27 de noviembre de 2025 (en adelante el “Plazo de Vigencia del Concurso”) de forma presencial en Av. Cabildo 1507, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante el “Estudio”). 2. Participantes. Podrán participar de la Promoción aquellas (i) personas físicas, (ii) mayores de 18 años, (iii) que residan en la República Argentina con excepción de las provincias de Mendoza, Tierra del Fuego, Salta, Río Negro y Neuquén (iv) personas que se encuentren en la tribuna del programa “Nadie dice Nada” el día 27 de noviembre de 2025 y 2 (dos) invitados de la tribuna sean seleccionadas por los conductores para participar del Concurso (en adelante los “Participantes”). Se podrá solicitar documento nacional de identidad para acreditar la mayoría de edad. No podrán participar del presente Concurso (i) los empleados del Organizador ni del Auspiciante; (ii) proveedores del Organizador y/o del Auspiciante con los que tercerizan servicios; (iii) ni aquellos que no cumplan con los requisitos mencionados anteriormente. 3. Requisitos de participación. Para participar del Concurso será requisito que los Participantes cumplan con los requisitos detallados en el punto dos (2) de las presentes Bases y Condiciones y que realicen los siguientes pasos: i) ser mayores de 18 años, (ii) cumplir con los requisitos de las Bases y Condiciones; (iii) concurrir a la tribuna del programa ".Nadie dice Nada” O completar con la mecánica que corresponda (los “Invitados”); (iv) los conductores elegirán a 2 Invitados para participar (los “Participantes”); (v) Deberán tener la aplicación de Despegar descargada en su teléfono móvil; y (vi) se les solicitará que respondan a una trivia de cinco preguntas. tiren de una ruleta que contendrá diversas categorías, cada una de ellas tiene 3 (tres) preguntas que deberán responder. El Participante que primero responda correctamente la mayor cantidad de preguntas (entiéndase que deberán ir contestando de a 1 pregunta cada uno) y cumpla con los requisitos de las Bases y Condiciones se considerará el Ganador de la Acción (en adelante el “Ganador”). Entiéndase que en caso de haber empate en la cantidad de respuestas correctas, se continuarán haciendo preguntas hasta que uno de los Participantes se considere Ganador. 4. Mecánica del Sorteo. El día 27 de noviembre de 2025 en el Estudio se realizará el Concurso entre todos los Participantes que cumplan con los requisitos de participación de las presentes Bases y Condiciones. El Concurso se realizará en el Estudio, del cual saldrá un (1) Ganador que cumpla con los requisitos indicados en el punto 2 y 3 de las presentes Bases y Condiciones. El Organizador se reserva el derecho de modificar la fecha del Concurso, dando en su caso, la debida comunicación y publicación por los mismos medios que dio a conocer la presente Acción. 5. Premio. 5.1. 5.1. El Ganador del Sorteo será adjudicatario de: 2 (dos) pasajes para cualquier ruta SKY en tarifa MAX válido para volar hasta el 30 de mayo de 2026 (viaje completado), exceptuando fines de semana largo y feriados, y sujeto a disponibilidad al momento del requerimiento; Para hacer uso del pasaje y confirmar disponibilidad, el ganador deberá comunicar a SKY su intención de canjear su pasaje con, al menos, 30 días corridos de anticipación a la fecha en la que desea viajar; El pasajero no tendrá posibilidad de cambio de nombre y fecha una vez solicitado el canje. (el“Premio”). 5.2. El Premio se limita al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes o servicios. El Premio no se podrá canjear por dinero en efectivo, ni por otro producto ni por ninguna otra prestación, ni aun cuando no gozarán de aquellos total o parcialmente por cualquier causa. Todo gasto adicional en el que incurran los Ganadores para acceder, hacer uso o disponer del Premio correrá por su exclusiva cuenta, por lo que queda excluido los gastos de movilidad y traslado para el uso del Premio. El Premio es para uso personal del Ganador y no podrá ser transferido. Una vez entregado, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado al Premio. 5.3. El Organizador ni los Auspiciantes reemplazarán el Premio que sea extraviado o robado, después de su entrega del mismo al Ganador. El Organizador ni los Auspiciantes otorgan garantía de calidad, ni ninguna otra con relación al producto y/o servicio ofrecido como Premio. El Organizador ni los Auspiciantes serán responsables por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del Sorteo, con excepción de lo previsto en estas Bases. 5.4. Se deja constancia, y los Participantes del presente Concurso aceptan, que el Premio se encuentra sujeto a las disposiciones que establezcan los distintos organismos públicos, como ser pero no limitado al Gobierno Nacional Argentino, con respecto a las medidas sanitarias, protocolos, medidas de seguridad, entre otros, con ocasión del contexto sanitario generado por el COVID-19 o cualquier derivación de éste. 6. Ganadores- Notificación- Aceptación del Premio y Adjudicación. 6.1. El Ganador del Concurso será notificado en el momento en que se llevará a cabo el Concurso. A los efectos de considerar Ganador a un Participante, el mismo deberá escribir, en un tiempo determinado, la mayor cantidad de cosas y elementos que pondrían en una valija para irse de viaje y cumplir con los requisitos de participación de las presentes Bases y Condiciones. Todo impuesto actual o futuro que grave al Premio y todo gasto que no sea indicado en las presentes Bases y Condiciones en que por cualquier concepto incurra a los Ganadores, serán a su exclusivo cargo. 7. Premio asignado y no reclamado. Si por cualquier motivo cualquier Premio no pudiera entregarse, el Premio quedará en poder del Organizador para volver a sortear. 8. Impuestos y Gastos. Todo impuesto, tasa o contribución, nacional, provincial o municipal que deba tributarse sobre o en relación con el Premio, toda suma de dinero que deba abonarse a las autoridades nacionales, sociedades del Estado, provincias o municipalidades con motivo de la organización del Concurso o del ofrecimiento o entrega del Premio quedarán a cargo del respectivo Ganador. El Organizador y los Auspiciantes no serán responsables por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del Concurso, con excepción de lo previsto en estas Bases y Condiciones. 9. Probabilidades. La probabilidad de ganar el Premio dependerá de la cantidad de Participantes, por lo que no es posible su predeterminación matemática. No obstante, y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias aplicables, en el supuesto que se reciban un total de un mil (1.000) Formularios la probabilidad sería de 0,001. 10. Responsabilidad- Indemnidad. 10.1. El Organizador y el Auspiciante no serán responsables por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Ganador en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta Acción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes Bases y Condiciones. 10.2. Al participar de la presente Acción los Participantes declaran conocer que es requisito indispensable e ineludible para viajar al destino la presentación de D.N.I. Se deja constancia que el Organizador y los Auspiciantes no serán responsables por aquellas personas que no tengan el pasaporte y/o D.N.I vigente a la fecha del uso y/o goce del Premio. 10.3. Al recibir el Premio, el Ganador lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del Organizador. El Ganador conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en el Concurso, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en el Concurso y/o de la aceptación y/o utilización del Premio. 11. Datos Personales. 11.1. Los Datos Personales obtenidos a través del Concurso serán utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del usuario e incorporarlo en programas de fidelización de clientes y; (b) Enviarle al usuario información y material publicitario y/o promocional relacionado con la actividad que desarrolla el Organizador y/o sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas. 11.2. Los datos personales obtenidos con motivo del presente Concurso, podrán ser almacenados en una base de datos de titularidad de el Proveedor, la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente 11.3. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Ganadores por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en el presente Concurso, los Invitados prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente. 11.4. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando un mail a [email protected]. 11.5. La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales. 12. Facultades del Organizador. El Organizador podrá de conformidad con el Auspiciante, modificar el Plazo de Vigencia del Concurso y el Premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá de conformidad con el Auspiciante suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Invitados. El Organizador con el Auspiciantes tendrán facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables. 13. Aceptación de las Bases y Condiciones del Concurso. La participación en este Concurso implica total conocimiento y aceptación de estas Bases y Condiciones, las que podrán ser modificadas, previa autorización del Organizador, el Auspiciante yl a autoridad de aplicación, sin que ello dé lugar a reclamo o indemnización alguna. 14. Trampas, fraudes y engaños. El Organizador podrá prohibir la participación en el Concurso como así también no otorgar el Premio a las personas que intenten hacer trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica destinada a procurar ganar de forma ilegítima, molestar, amenazar o acosar a otros participantes, sin perjuicio de reclamarles los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el Concurso, que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases y Condiciones. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el participante. Queda prohibida la utilización de script, macro, bots o cualquier otro sistema automatizado, software, sistemas especiales y otros dispositivos no autorizados para participar del Concurso. En caso de que el Organizador determine que algunos de los Participantes registrados han violado alguna de las reglas fijadas en las presentes Bases, procederá a su inmediata exclusión. El Organizador podrá descalificar a cualquier Participante que defraude, altere, utilice maliciosa o abusivamente o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del Concurso, sin necesidad de previo aviso. En caso de detectar un uso fraudulento en el Concurso el Organizador podrá modificar estas Bases en lo que fuera pertinente. 15. Conformidad con la ley, la moral y buenas costumbres. Los Participantes se comprometen, en general, a participar en el Concurso de conformidad con la ley, la moral y buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público. 16. Disponibilidad de las Bases y Condiciones. Estas Bases podrán ser consultadas durante el Plazo de Vigencia del Concurso en https://www.despegar.com.ar/promosvigentes. 17. Competencia- Jurisdicción. Toda relación que en virtud del Concurso se genere entre el usuario y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el usuario a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el usuario, los Tribunales Comerciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera

BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO BLACKFRIDAY EN URBANA

BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO “ Black Friday 2025 ” Este concurso denominado “ completar ” (en adelante, el “Concurso”), es organizada por KUARZO ARGENTINA, CUIT 30-68847636-0 (en adelante, el “Organizador”) y auspiciada por Despegar.com.ar S.A. (en adelante, el “Auspiciante”) y se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (en adelante, las “Bases y Condiciones”). 1. Vigencia. El Concurso se llevará a cabo el 28 de noviembre de 2025 (en adelante el “Plazo de Vigencia del Concurso”) de forma presencial en José A. Cabrera 5870, C1414BHJ Cdad. Autónoma de Buenos Aires (en adelante el “Estudio”). 2. Participantes. Podrán participar de la Promoción aquellas (i) personas físicas, (ii) mayores de 18 años, (iii) que residan en la República Argentina con excepción de las provincias de Mendoza, Tierra del Fuego, Salta, Río Negro y Neuquén (iv) iii) personas que se comuniquen telefónicamente al programa "vuelta y media” el dia 28 de noviembre de 2025 (los “Participantes”); (iv) deberán tener la aplicación de Despegar descargada en su teléfono móvil; y (v) se les solicitará dejar un mensaje de audio contando una anécdota vivida durante unas vacaciones. Entre todos los audios recibidos, la mesa y la producción del programa seleccionarán la anécdota más divertida o creativa. Quien haya enviado dicho audio y cumpla con los requisitos de las Bases y Condiciones será considerado el Ganador de la Acción (en adelante, el “Ganador”). No podrán participar del presente Concurso (i) los empleados del Organizador ni del Auspiciante; (ii) proveedores del Organizador y/o del Auspiciante con los que tercerizan servicios; (iii) ni aquellos que no cumplan con los requisitos mencionados anteriormente. 3. Requisitos de participación. Para participar del Concurso será requisito que los Participantes cumplan con los requisitos detallados en el punto dos (2) de las presentes Bases y Condiciones y que realicen los siguientes pasos: i) ser mayores de 18 años, (ii) cumplir con los requisitos de las Bases y Condiciones; iii) comunicarse telefónicamente al programa "vuelta y media” o participar según la mecánica que se indique (los “Participantes”); (iv) deberán tener la aplicación de Despegar descargada en su teléfono móvil; y (v) se les solicitará dejar un mensaje de audio contando una anécdota vivida durante unas vacaciones. Entre todos los audios recibidos, la mesa y la producción del programa seleccionarán la anécdota más divertida o creativa. Quien haya enviado dicho audio y cumpla con los requisitos de las Bases y Condiciones será considerado el Ganador de la Acción (en adelante, el “Ganador”). Entiéndase que en caso de haber empate en la cantidad de respuestas correctas, se continuarán haciendo preguntas hasta que uno de los Participantes se considere Ganador. 4. Mecánica del Sorteo. El día 28 de noviembre de 2025 en el Estudio se realizará el Concurso entre todos los Participantes que cumplan con los requisitos de participación de las presentes Bases y Condiciones. El Concurso se realizará en el Estudio, del cual saldrá un (1) Ganador que cumpla con los requisitos indicados en el punto 2 y 3 de las presentes Bases y Condiciones. El Organizador se reserva el derecho de modificar la fecha del Concurso, dando en su caso, la debida comunicación y publicación por los mismos medios que dio a conocer la presente Acción. 5. Premio. 5.1. 5.1. El Ganador del Sorteo será adjudicatario de: 2 tickets a Calafate CON jETSMART + 3 noches de hotel Las Dunas Calafate en habitación doble con vista al lago y desayuno incluido (válido desde el 1/03/2026 hasta el 31/10/2026, no válido para feriados y sujeto a disponibilidad) 2 actividades en Calafate con Solo patagonia en la navegación: “todo glaciares” servicio regular. (Valido hasta el 31 de marzo de 2026, sujeto a disponibilidad, no aceptable en fechas festivas) No incluye: Entrada al Parque Nacional, Alimentos y Bebidas, traslados hasta/desde Puerto Punta Bandera . (el“Premio”). 5.2. El Premio se limita al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes o servicios. El Premio no se podrá canjear por dinero en efectivo, ni por otro producto ni por ninguna otra prestación, ni aun cuando no gozarán de aquellos total o parcialmente por cualquier causa. Todo gasto adicional en el que incurran los Ganadores para acceder, hacer uso o disponer del Premio correrá por su exclusiva cuenta, por lo que queda excluido los gastos de movilidad y traslado para el uso del Premio. El Premio es para uso personal del Ganador y no podrá ser transferido. Una vez entregado, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado al Premio. 5.3. El Organizador ni los Auspiciantes reemplazarán el Premio que sea extraviado o robado, después de su entrega del mismo al Ganador. El Organizador ni los Auspiciantes otorgan garantía de calidad, ni ninguna otra con relación al producto y/o servicio ofrecido como Premio. El Organizador ni los Auspiciantes serán responsables por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del Sorteo, con excepción de lo previsto en estas Bases. 5.4. Se deja constancia, y los Participantes del presente Concurso aceptan, que el Premio se encuentra sujeto a las disposiciones que establezcan los distintos organismos públicos, como ser pero no limitado al Gobierno Nacional Argentino, con respecto a las medidas sanitarias, protocolos, medidas de seguridad, entre otros, con ocasión del contexto sanitario generado por el COVID-19 o cualquier derivación de éste. 6. Ganadores- Notificación- Aceptación del Premio y Adjudicación. 6.1. El Ganador del Concurso será notificado en el momento en que se lleve a cabo la Acción. A los efectos de considerar Ganador a un Participante, el mismo deberá haber enviado un mensaje de audio con una anécdota de vacaciones, que será evaluada por la mesa y la producción del programa, quienes seleccionarán aquella que consideren más divertida o creativa. Además, el Participante deberá cumplir con los requisitos de participación establecidos en las presentes Bases y Condiciones. Todo impuesto actual o futuro que grave el Premio, así como cualquier gasto no contemplado en estas Bases y Condiciones en que incurra el Ganador por cualquier motivo, será a su exclusivo cargo. 7. Premio asignado y no reclamado. Si por cualquier motivo cualquier Premio no pudiera entregarse, el Premio quedará en poder del Organizador para volver a sortear. 8. Impuestos y Gastos. Todo impuesto, tasa o contribución, nacional, provincial o municipal que deba tributarse sobre o en relación con el Premio, toda suma de dinero que deba abonarse a las autoridades nacionales, sociedades del Estado, provincias o municipalidades con motivo de la organización del Concurso o del ofrecimiento o entrega del Premio quedarán a cargo del respectivo Ganador. El Organizador y los Auspiciantes no serán responsables por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del Concurso, con excepción de lo previsto en estas Bases y Condiciones. 9. Probabilidades. La probabilidad de ganar el Premio dependerá de la cantidad de Participantes, por lo que no es posible su predeterminación matemática. No obstante, y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias aplicables, en el supuesto que se reciban un total de un mil (1.000) Formularios la probabilidad sería de 0,001. 10. Responsabilidad- Indemnidad. 10.1. El Organizador y el Auspiciante no serán responsables por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Ganador en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta Acción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes Bases y Condiciones. 10.2. Al participar de la presente Acción los Participantes declaran conocer que es requisito indispensable e ineludible para viajar al destino la presentación de D.N.I. Se deja constancia que el Organizador y los Auspiciantes no serán responsables por aquellas personas que no tengan el pasaporte y/o D.N.I vigente a la fecha del uso y/o goce del Premio. 10.3. Al recibir el Premio, el Ganador lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del Organizador. El Ganador conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en el Concurso, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en el Concurso y/o de la aceptación y/o utilización del Premio. 11. Datos Personales. 11.1. Los Datos Personales obtenidos a través del Concurso serán utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del usuario e incorporarlo en programas de fidelización de clientes y; (b) Enviarle al usuario información y material publicitario y/o promocional relacionado con la actividad que desarrolla el Organizador y/o sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas. 11.2. Los datos personales obtenidos con motivo del presente Concurso, podrán ser almacenados en una base de datos de titularidad de el Proveedor, la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente 11.3. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Ganadores por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en el presente Concurso, los Invitados prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente. 11.4. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando un mail a [email protected]. 11.5. La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales. 12. Facultades del Organizador. El Organizador podrá de conformidad con el Auspiciante, modificar el Plazo de Vigencia del Concurso y el Premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá de conformidad con el Auspiciante suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Invitados. El Organizador con el Auspiciantes tendrán facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables. 13. Aceptación de las Bases y Condiciones del Concurso. La participación en este Concurso implica total conocimiento y aceptación de estas Bases y Condiciones, las que podrán ser modificadas, previa autorización del Organizador, el Auspiciante yl a autoridad de aplicación, sin que ello dé lugar a reclamo o indemnización alguna. 14. Trampas, fraudes y engaños. El Organizador podrá prohibir la participación en el Concurso como así también no otorgar el Premio a las personas que intenten hacer trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica destinada a procurar ganar de forma ilegítima, molestar, amenazar o acosar a otros participantes, sin perjuicio de reclamarles los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el Concurso, que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases y Condiciones. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el participante. Queda prohibida la utilización de script, macro, bots o cualquier otro sistema automatizado, software, sistemas especiales y otros dispositivos no autorizados para participar del Concurso. En caso de que el Organizador determine que algunos de los Participantes registrados han violado alguna de las reglas fijadas en las presentes Bases, procederá a su inmediata exclusión. El Organizador podrá descalificar a cualquier Participante que defraude, altere, utilice maliciosa o abusivamente o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del Concurso, sin necesidad de previo aviso. En caso de detectar un uso fraudulento en el Concurso el Organizador podrá modificar estas Bases en lo que fuera pertinente. 15. Conformidad con la ley, la moral y buenas costumbres. Los Participantes se comprometen, en general, a participar en el Concurso de conformidad con la ley, la moral y buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público. 16. Disponibilidad de las Bases y Condiciones. Estas Bases podrán ser consultadas durante el Plazo de Vigencia del Concurso en https://www.despegar.com.ar/promosvigentes. 17. Competencia- Jurisdicción. Toda relación que en virtud del Concurso se genere entre el usuario y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el usuario a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el usuario, los Tribunales Comerciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera